Autorizan a empresa inmobiliaria adquisición de terreno en BCS ~ Mira tu México

viernes, 30 de septiembre de 2016

Autorizan a empresa inmobiliaria adquisición de terreno en BCS

La Semarnat concedió la enajenación de 1,109.39 m2 de tierras ganados al mar, ubicada en El Palmar del Conchalito, municipio de La Paz, a favor de 31 Grupo Inmobiliario.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) otorgó una superficie de 1 mil 109.39 metros cuadrados de terrenos ganados al mar, ubicada en El Palmar del Conchalito, municipio de La Paz, Baja California Sur, a favor de la empresa 31 Grupo Inmobiliario, mediante una concesión (con fecha 28 de mayo de 2013) que tiene vigencia de 15 años.
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF), el precio del terreno la determinará el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el cual no podrá ser inferior al que estipule, y cuyo valor deberá ser cubierto por la inmobiliaria en una sola exhibición.
Asimismo, se estipula que la empresa deberá obtener los permisos correspondientes para cualquier obra que lleve a cabo en el terreno, los cuales gestionará ante las dependencias competentes, cumpliendo los requisitos que se establezcan en la legislación federal, estatal o las regulaciones municipales correspondientes.
De igual manera, “la empresa 31 Grupo Inmobiliario queda obligada a responsabilizarse por los daños y perjuicios que pudieran producirse a terceros, por las condiciones del área cuya enajenación se autoriza, liberando al gobierno federal de cualquier responsabilidad por este concepto”.
A través del DOF se explica que la empresa solicitó a la Semarnat el 6 de junio de 2014 la venta de los 1 mil 109.39 metros cuadrados, por lo que después de un análisis se determinó que esta área cumplía con la delimitación oficial basado en un sistema de coordenadas, bajo las opiniones técnicas de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, y la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros.
Además, la Semarnat no encontró elementos que hicieran predecible determinar que esta superficie fuera susceptible de destinarse preferentemente a la prestación de servicios públicos, por lo que se desincorporó del régimen de dominio público de la Federación y se autorizó su enajenación “en virtud del derecho de preferencia que tienen los particulares para adquirir los terrenos ganados al mar que tengan concesionados, en los términos de la ley”.

Fuente: DOF

1 comments:

Unknown dijo...

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