Plantea Conagua nueva NOM para productos sanitarios ~ Mira tu México

lunes, 26 de septiembre de 2016

Plantea Conagua nueva NOM para productos sanitarios

El proyecto de norma agrupa las regulaciones, establece las especificaciones mínimas que deben cubrir estos productos acordes con la realidad tecnológica, y fomenta el uso sustentable del agua.

La Secretaría de Medio Ambiente y  Recursos Humanos (Semarnat) presentó en el Diario Oficial de la Federación, el proyecto de Norma Oficial Mexicana para aparatos y accesorios de uso sanitario, impulsado por la Comisión Nacional del Agua (Conagua), que agrupa las regulaciones, establece las especificaciones mínimas que deben cubrir los productos acordes con la realidad tecnológica, y fomenta el uso sustentable del agua.
Asimismo, se establece los métodos de prueba que deben aplicarse para verificar el cumplimiento de los aparatos sanitarios y sus accesorios (inodoros, mingitorios, lavabos, válvulas de admisión y válvulas de descarga, sellos obturadores y fluxómetros de uso sanitario), el procedimiento para evaluarlos y los requisitos que se deben incluir en el marcado de información al público.
En el documento, se precisa que tras un análisis a las normas publicadas de 1997 a 2003 que  reglamentan los aparatos y accesorios de uso sanitario, la Conagua constató que representan una carga regulatoria innecesaria y costosa para quienes realizan el trámite, al tenerse que certificar por separado elementos de un solo producto.
Se detalla  que en el caso de los inodoros, actualmente se requieren tres documentos de conformidad: el del inodoro, su válvula de admisión y la válvula de descarga, cuando el producto se comercializa como uno solo.
Asimismo, las normas vigentes no ha sido modificadas desde hace más de 14 años en promedio, y “la tecnología en esta clase de aparatos sanitarios ha evolucionado a productos más eficientes de menor consumo de agua”.
Por tal motivo, considera procedente elaborar una norma que agrupe y plasme la realidad tecnológica de los aparatos de uso sanitario, con el fin de establecer especificaciones técnicas precisas para este tipo de productos, así como promover el manejo integral y sustentable del agua.
Sumado a lo anterior, se plantea el “establecer especificaciones claras de los aparatos sanitarios y vincularlos con un sistema de evaluación de la conformidad, donde terceras partes otorguen la certeza tanto a productores como a autoridades respecto de las características de desempeño de estos productos”.
Incluso, esta acción brinda certeza al usuario final de que la adquisición de este tipo de productos, estará respaldada por criterios de desempeño y por la evaluación que realice un tercer grupo en la que no existan conflictos de interés.
Cabe destacar que el proyecto de norma fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua (CCNNSA) en noviembre de 2015, y ahora se presenta para consulta pública. Una vez consensuado, entrará en vigor y sustituirá las NOM-005-CONAGUA-1996, NOM-009-CONAGUA-2001, y la NOM-010-CONAGUA-2000.

Lineamientos del proyecto de norma

De acuerdo con el DOF, la norma se aplica para: inodoros, mingitorios, lavabos, válvulas de admisión y válvulas de descarga, sellos obturadores y fluxómetros de uso sanitario, fabricados en México o importados. 
Por otra parte, se excluyen: tapas, asientos y partes que no intervengan en el funcionamiento hidráulico de los inodoros y mingitorios; letrinas, inodoros para vehículos terrestres y marinos, así como inodoros entrenadores que no usen agua, y bidés.
Establece que todos los aparatos sanitarios que fabricados en el país o importados deberán proporcionar a los usuarios la información sobre el consumo de agua de estos productos, así como sus respectos instructivos, con esquemas y gráficos legibles.
En cuanto a los sanitarios ecológicos, deben cumplir con la normatividad y el volumen efectivo de la descarga del inodoro no debe ser mayor a 4.8 litros; mientras que el sólido desalojado por el inodoro debe ser igual o mayor a 350 gramos.
Por otra parte, la Conagua será quien apruebe a los Organismos de Certificación de Producto (OCP) y Laboratorios de Prueba, para emitir el Certificado de Conformidad de Producto (CCP) o carta de cumplimiento; para lo cual, Conagua actualizará periódicamente en su página electrónica el listado de todas las personas acreditadas.
Para obtener el certificado de la conformidad del producto, el solicitante podrá optar por la modalidad de evaluación mediante pruebas periódicas al producto, con evaluaciones al sistema de control de calidad (SCC) y al producto, con evaluaciones al sistema de gestión de calidad (SGC) y al producto.
Respecto a la evaluación, directamente en el almacén donde se encuentre el producto terminado, se tomará al azar una muestra de productos del mismo tipo o modelo o familia, de un lote o de la línea de producción, las cuales serán presentadas al laboratorio para las pruebas.
Una vez que se emita el informe de resultados, se remitirán al OCP, quien en los caso de certificación inicial, si la primera muestra no llegará a cumplir con la norma, cuando aplique, se tomará la segunda muestra, pero sí ésta tampoco cumple, se dará por terminado el proceso de certificación. 
Cabe destacar que en cuanto al consumo de agua, el promedio de los volúmenes de descarga totales no deberá exceder: 
  • 3.9 litros por descarga para inodoro de 4 litros.
  • 4.8 litros por descarga para inodoro de 5 litros.
  • 6.0 litros por descarga para inodoro de 6 litros.
  • 4.2 litros por descarga reducida para inodoro de descarga dual de 4.2 y 6 litros.
  • 6.0 litros por descarga completa para inodoro de descarga dual de 4.2 y 6 litros.


Fuente: DOF